miércoles, 15 de febrero de 2012

Proyecto de Decreto Jóvenes emprendedores Neuquinos.

Estamos Elaborando un proyecto de decreto para fomentar nuevas pymes jóvenes, dándole impulso a su creatividad y voluntad.  Sera presentado en el mes de marzo para que su aplicación comience en Abril de Este año. 



PROYECTO DE DECRETO

 

 

Visto:

 

Crease el Programa Estimulo al Joven Empresario Neuquino

 

Considerando:

 

Que como consecuencia de la reactivación económica de los últimos años se ha evidenciado un notable crecimiento de emprendimientos efectuados por jóvenes y la creación de nuevas empresas.

Que la creación de empresas constituye un proceso complejo que abarca distintas etapas, que van desde la gestación de la idea y el proyecto hasta su consolidación, debiendo el emprendedor enfrentar una serie de dificultades y obstáculos que limitan y pueden impedir su desarrollo.

Que resulta conveniente apoyar desde las políticas públicas la generación y consolidación de aquellos proyectos con mayor potencialidad en términos de generación de valor —entendido como modelo de negocio basado en la innovación y la diferenciación que fortalece su propio desarrollo e impacte positivamente sobre la comunidad donde se encuentran, revitalizando y diversificando el tejido productivo local—, empleo y contribución al desarrollo local, con acciones tendientes a fortalecer la generación de capital humano emprendedor, de capital social, que provea redes de apoyo y asistencia, y capital financiero, permitiendo el desarrollo y sostenimiento de los proyectos.

 

EL INTENDENTE DE LA CIUDAD DE NEUQUEN

D E C R E T A :

ARTICULO 1º — Creación. Autoridad de aplicación. Créase el Programa Nacional de Apoyo al Empresariado Joven, en la órbita de la Secretaria de Desarrollo Humano, Dirección Municipal de Desarrollo Loca, Estadística y Censo.

ARTICULO 2º — Objetivos.

a) Fomentar el espíritu emprendedor en la juventud; promoviendo la creación, desarrollo y consolidación de empresas Neuquina.

b) Brindar herramientas de asistencia tecnica y financieras, en el marco de las políticas del Estado Municipal, con el objeto de crear y afianzar proyectos elaborados por la juventud empresaria.

c) Promover la inserción en mercados nacionales e internacionales de bienes, y servicios industriales, elaborados o prestados por la juventud emprendedora.

d) Incentivar la elaboración de proyectos, ejecutados por la juventud empresaria, que incorporen innovación tecnológica.

e) Articular la acción del Estado con entidades empresarias, organizaciones no gubernamentales, universidades y empresas.

ARTICULO 3º — Sujetos comprendidos. Requisitos. Podrán acceder a los beneficios del Programa, las personas físicas; que tengan la intención de desarrollen actividades productivas, industriales, científicas, de investigación, o de prestación de servicios industriales; que tengan su domicilio legal  con antigüedad de 3 AÑOS en la Ciudad de Neuquén Capital, comprendidos entre los dieciocho (18) y treinta y cinco (35) años de edad. La inobservancia o falsedad de alguno de los requisitos señalados precedentemente al solicitar beneficios o durante su percepción, producirá la caducidad automática de los mismos.

ARTICULO 4º — Acciones. El Estado Municipal abrirá un concurso de proyecto destinado a los jóvenes emprendedores comprendidos en el artículo 3°. El concurso tiene como objetivo premiar a los 3 primeros proyectos seleccionados.

ARTICULO 5º — Se conformara un comisión evaluadora en el ámbito de la Secretaría de Desarrollo Humano, quien fijara los criterios de selección de los proyectos de los proyectos de los jóvenes empresarios. Estos criterios deberán ser publico a los postulantes inscriptos.

Funciones de la Comisión Evaluadora.

·         Establecer los criterios de evaluación.

·         Establecer la fecha de inscripciones.

·         Establecer los formularios para participar del concurso.

·         Generar el reglamento interno de participación.

·         Publicar la planificación del concurso.

ARTICULO 6º — Premios. El primer premio es de 35.000 pesos argentinos, el segundo de 15.000 pesos argentinos y el tercero de 10.000 pesos argentino.

ARTICULO 7º —  Fondos. El sostenimiento financiero del programa se encuentra dentro de la órbita de la Dirección Municipal de Desarrollo Local, Estadística y Censo dependiente de la Secretaria de Desarrollo Humano.

ARTICULO 8º — El Estado Municipal se compromete a facilitar a través de la asistencia técnica los mecanismos financieros para que los proyectos seleccionados puedan tener su viabilidad económica y lograr la creación de nuevas pymes en la ciudad. 

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